Interrupción legal del embarazo
Historia de la despenalización del aborto en México: cómo llegamos hasta aquí
No fue un cambio de un solo día. Este es el recorrido, desde antes de 2007 hasta la resolución de la Suprema Corte en 2021, para entender por qué el panorama legal actual es el que es.
Por Dr. Adrián Martínez · 11 de septiembre de 2026 · 10 min de lectura

En este artículo
- 1.Antes de 2007: un tema históricamente clandestino
- 2.2007: la Ciudad de México, la primera en despenalizar
- 3.Entre 2007 y 2021: un ritmo lento en el resto del país
- 4.2021: la resolución de la Suprema Corte
- 5.Después de 2021: reformas estatales continuas
- 6.Casos que impulsaron el cambio, documentados por organizaciones especializadas
- 7.El papel de la sociedad civil en este proceso
- 8.La evidencia médica también evolucionó en paralelo al cambio legal
- 9.Lo que suele venir después de cada reforma estatal, en la práctica
- 10.Qué significa este recorrido para tu situación actual
- 11.Un hilo paralelo: la NOM-046 y la causal de violencia sexual
- 12.Un vistazo breve a la región, sin perder el foco en México
- 13.Por qué conocer esta historia puede cambiar cómo se habla del tema
Entender el panorama legal actual sobre interrupción del embarazo en México es más claro cuando se conoce cómo se llegó hasta aquí — no fue un cambio repentino, sino un proceso de años, con hitos concretos que todavía sigue en marcha. Este artículo recorre esa historia en términos generales, con fuentes verificables para cada etapa.
Antes de 2007: un tema históricamente clandestino
Durante la mayor parte del siglo veinte y hasta bien entrado el siglo veintiuno, la interrupción voluntaria del embarazo estuvo penalizada en la totalidad del territorio mexicano, con la excepción reconocida en distintos momentos de causales específicas, como la violencia sexual, que ya figuraba en varios códigos penales estatales desde hace más tiempo que el debate sobre despenalización voluntaria.
Esa penalización generalizada no eliminó la práctica: la volvió clandestina, con los riesgos de salud que eso implica y que organizaciones como GIRE han documentado de forma extensa a lo largo de los años, comparando la experiencia de procedimientos clandestinos frente a los realizados dentro de un marco legal y médico.
2007: la Ciudad de México, la primera en despenalizar
En 2007, la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal reformó el Código Penal local para despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, sin necesidad de justificar el motivo. Fue la primera entidad del país en hacerlo, catorce años antes de que la Suprema Corte emitiera su resolución de 2021 sobre el tema a nivel nacional.
Punto clave
La reforma de la Ciudad de México en 2007 no fue una respuesta a un mandato federal — fue una decisión legislativa local, que después se convirtió en el modelo de referencia para reformas posteriores en otras entidades.
Esta reforma fue impugnada ante la Suprema Corte poco después de aprobarse, y la Corte la confirmó como constitucional, sentando un precedente temprano de que este tipo de legislación local era válida dentro del marco constitucional mexicano — un antecedente relevante para las reformas de otros estados años después.
Entre 2007 y 2021: un ritmo lento en el resto del país
Durante los años posteriores a la reforma de la Ciudad de México, el resto de las entidades del país mantuvieron en gran medida su legislación restrictiva, con algunos estados incluso reforzando las penalizaciones existentes en respuesta al cambio en la capital. Este periodo se caracterizó por un contraste marcado: una entidad con un servicio público gratuito y establecido, y la gran mayoría del país sin ese acceso.
Organizaciones como GIRE documentaron durante estos años tanto la experiencia de acceso en la Ciudad de México como la persistencia de la criminalización en otros estados, con casos de mujeres procesadas penalmente por interrupciones o incluso por pérdidas gestacionales espontáneas mal interpretadas por el sistema de procuración de justicia.
2021: la resolución de la Suprema Corte
En septiembre de 2021, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió, por unanimidad, la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017, determinando que penalizar de forma absoluta la interrupción voluntaria del embarazo es inconstitucional. El caso concreto involucraba al estado de Coahuila, pero el criterio se volvió obligatorio para todos los jueces del país.
Como se explica con más detalle en el artículo sobre el panorama legal por estado de esta sección, esta resolución no despenalizó automáticamente el aborto en los 32 estados — cada Congreso local sigue teniendo que reformar su propio código penal —, pero marcó un punto de inflexión que aceleró el ritmo de reformas estatales en los años siguientes.
Conoce el panorama legal actual¿Es legal la interrupción del embarazo en mi estado? Panorama en México →Después de 2021: reformas estatales continuas
Desde la resolución de la Corte, distintos congresos estatales han ido reformando sus propios códigos penales para despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo, generalmente siguiendo un patrón similar al de la Ciudad de México: un plazo determinado, casi siempre de 12 semanas, y el consentimiento informado como único requisito dentro de ese plazo.
Este proceso no ha sido uniforme ni al mismo ritmo en todas las entidades, y sigue activo: cada reforma nueva pasa por su propio proceso legislativo local, que puede tomar meses o años desde que se presenta la iniciativa hasta que se publica en el periódico oficial del estado correspondiente.
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Casos que impulsaron el cambio, documentados por organizaciones especializadas
Buena parte del impulso para las reformas descritas en este artículo no vino solo del debate legislativo abstracto, sino de casos concretos documentados a lo largo de los años: mujeres procesadas penalmente por interrupciones o por pérdidas gestacionales espontáneas mal interpretadas por el sistema de procuración de justicia, cuyos casos fueron documentados y visibilizados por organizaciones como GIRE en investigaciones específicas sobre criminalización.
Estos casos ayudaron a mostrar, con evidencia concreta y no solo argumentos teóricos, el costo humano real de la penalización absoluta — un factor que influyó tanto en la opinión pública como en los argumentos presentados ante la Suprema Corte en 2021.
El papel de la sociedad civil en este proceso
Este recorrido histórico no ocurrió solo dentro de los congresos y los tribunales. Organizaciones de la sociedad civil especializadas en derechos reproductivos, como GIRE, documentaron casos, acompañaron litigios y dieron seguimiento puntual a cada reforma durante los años en los que este tema tuvo menos visibilidad pública de la que tiene hoy — un trabajo que sigue siendo la fuente más confiable para dar seguimiento a cómo evoluciona el panorama legal en el presente.
Instituciones de derechos humanos, como la CNDH y sus equivalentes estatales, también han jugado un papel documentando violaciones a derechos ya reconocidos, particularmente en los años en que la brecha entre la Ciudad de México y el resto del país era más amplia.
La evidencia médica también evolucionó en paralelo al cambio legal
El proceso legal descrito en este artículo no ocurrió de forma aislada de la evidencia médica internacional sobre el tema. La Organización Mundial de la Salud fue actualizando, a lo largo de estos mismos años, sus propias directrices sobre atención segura del aborto, consolidando evidencia clínica de países donde el procedimiento es legal desde hace más tiempo que en México.
Esta evidencia médica internacional respaldó, en buena medida, los argumentos de que un marco legal claro produce mejores resultados de salud que la clandestinidad — un argumento presente tanto en el debate legislativo mexicano como en las resoluciones judiciales de este periodo.
Lo que suele venir después de cada reforma estatal, en la práctica
Tras cada reforma que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en un estado, suele seguir un periodo de implementación práctica —designar unidades, capacitar personal, establecer protocolos— que no ocurre de un día para otro, como se explica con más detalle en el artículo sobre qué esperar en estados recién despenalizados de esta sección. Conocer este patrón histórico ayuda a entender por qué algunos estados con reformas más recientes todavía están consolidando su servicio.
La Ciudad de México, al ser la pionera, atravesó este mismo proceso de consolidación entre 2007 y los años siguientes, hasta llegar al programa maduro que existe hoy — un recordatorio de que la brecha entre la ley y el servicio bien establecido tiende a cerrarse con el tiempo, aunque no de inmediato.
Si tu estado despenalizó recientementeVives en un estado donde el aborto ya es legal: qué esperar en la práctica →Qué significa este recorrido para tu situación actual
Esta cronología no es un ejercicio meramente académico: entender de dónde viene el marco legal actual ayuda a leer con más contexto cualquier noticia futura sobre una nueva reforma estatal, sin sorpresa ni confusión sobre por qué el panorama sigue cambiando.
Conocer esta historia ayuda a entender por qué el panorama legal actual es fragmentado por estado, por qué la Ciudad de México tiene el programa más establecido del país, y por qué la información sobre este tema cambia con el tiempo: no es un tema legal estático, sino uno que ha seguido evolucionando de forma sostenida durante casi dos décadas y sigue haciéndolo.
Si tienes dudas sobre qué aplica en tu situación concreta hoy, la mejor fuente no es esta cronología histórica en sí, sino la información actualizada disponible en los artículos correspondientes de esta sección o directamente con orientación confidencial.
Un hilo paralelo: la NOM-046 y la causal de violencia sexual
Mientras el debate sobre la despenalización voluntaria avanzaba a nivel estatal, otro proceso corría en paralelo: la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, que estableció obligaciones federales para la atención de embarazos resultado de violencia sexual, independientemente de si la entidad correspondiente había despenalizado o no el resto del tema. Este es un hilo histórico distinto, desarrollado con más detalle en el artículo dedicado de esta sección, pero que forma parte de la misma historia general de acceso a este servicio en México.
Es un ejemplo de cómo el acceso a este servicio en México no avanzó por una sola vía legal, sino por varios caminos distintos —reformas penales estatales, resoluciones judiciales, normas oficiales de salud— que se fueron entrelazando a lo largo de los años.
Conoce este hilo paraleloLa NOM-046 y la interrupción del embarazo por violencia sexual: qué obliga a las instituciones →Un vistazo breve a la región, sin perder el foco en México
El proceso de despenalización en México no ocurrió de forma aislada del resto de América Latina: en años recientes, varios países de la región han avanzado en la misma dirección, con procesos y plazos distintos según cada legislación nacional. México, con la Ciudad de México como pionera desde 2007, formó parte de una tendencia regional más amplia, aunque cada país mantiene su propio marco legal independiente.
Este artículo se enfoca deliberadamente en México, porque es donde aplica la información legal y de acceso que ofrecemos — si buscas información sobre otro país de la región, esta sección no es la fuente adecuada para eso.
Por qué conocer esta historia puede cambiar cómo se habla del tema
Entender que este es un proceso legal con casi dos décadas de desarrollo, respaldado por resoluciones judiciales, normas oficiales y reformas legislativas documentadas, contrasta con la idea —todavía presente en parte del debate público— de que se trata de un tema reciente o importado, un mito que se aborda también en el artículo correspondiente de esta sección.
Conocer este recorrido histórico puede ser útil no solo para entender el marco legal actual, sino también para tener una conversación más informada sobre el tema, sea con tu familia, tu pareja o cualquier persona con quien decidas hablarlo.
Sigue leyendoInterrupción legal del embarazo en la Ciudad de México: qué dice la ley →También te puede interesarMitos y realidades sobre la interrupción del embarazo en México →Aviso importante: la información de este artículo es estrictamente informativa y educativa. No sustituye el diagnóstico, consejo o tratamiento de un profesional de la salud. Consulta a tu médico.
Fuentes de autoridad citadas
- 1. GIRE — Maternidad o castigo: la criminalización del aborto en México
- 2. GIRE — Grupo de Información en Reproducción Elegida
- 3. SCJN — Resumen de la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017
- 4. Gobierno de la Ciudad de México — Programa de Interrupción Legal del Embarazo
- 5. CNDH — Derechos reproductivos