Interrupción legal del embarazo
Aborto legal en el Estado de México: 12 semanas desde 2024
El Estado de México despenalizó el aborto hasta las 12 semanas desde diciembre de 2024. Qué dice la ley, qué pasa después de ese plazo y cómo acceder.
Por Dr. Adrián Martínez · 16 de septiembre de 2026 · Actualizado el 16 de octubre de 2026 · 9 min de lectura

En este artículo
- 1.Qué cambió en 2024
- 2.Qué dice la ley del Estado de México
- 3.La nueva Ley de Salud estatal
- 4.Entre lo que dice la ley y lo que encuentras al llegar
- 5.Si tu embarazo es producto de una violación
- 6.Si ya pasaste las 12 semanas
- 7.Ciudad de México: la opción más cercana para muchos municipios
- 8.Confidencialidad y quién decide
- 9.Qué esperar en tu primer contacto
- 10.Resumen rápido para el Estado de México
Si vives en el Estado de México y buscas información sobre la interrupción legal del embarazo, el dato más importante es este: desde diciembre de 2024 es legal por decisión propia durante las primeras 12 semanas de gestación. Esto cambió por completo el panorama frente a lo que muchas personas todavía creen, porque durante años el Estado de México solo permitía el aborto por causales específicas.
Punto clave
Dentro de las primeras 12 semanas, interrumpir el embarazo ya no es delito en el Estado de México y no necesitas justificar el motivo. Después de ese plazo, la ley mantiene causales específicas. Información verificada en octubre de 2026.
Qué cambió en 2024
El Congreso del Estado de México aprobó la despenalización el 25 de noviembre de 2024, por amplia mayoría (los medios reportan cifras de votación distintas, así que no damos una), y el decreto se publicó en la Gaceta del Gobierno el viernes 6 de diciembre de 2024. Entró en vigor al día siguiente, el 7 de diciembre, según su propio texto. Con él se reformaron los artículos 248 y 251 del Código Penal estatal y se derogaron los artículos 249 y 250.
La reforma sigue el criterio que la Suprema Corte de Justicia de la Nación fijó en 2021, cuando resolvió que penalizar de forma absoluta la interrupción voluntaria del embarazo es inconstitucional. Con esto, el Estado de México se sumó al grupo de entidades que ya despenalizaron el aborto durante el primer trimestre, junto con la Ciudad de México, Puebla e Hidalgo, entre otras.
Consulta el mapa por estado¿En qué estados es legal el aborto en México? Panorama actualizado →Qué dice la ley del Estado de México
| Situación | Qué establece la ley mexiquense |
|---|---|
| Primeras 12 semanas | No se considera delito interrumpir el embarazo; no se necesita causal |
| Después de 12 semanas, violación o inseminación no consentida | No es delito; se requiere consentimiento informado |
| Después de 12 semanas, riesgo de muerte o afectación grave a la salud | No es delito, según valoración del médico tratante |
| Después de 12 semanas, alteraciones genéticas o congénitas graves | No es delito, con diagnóstico médico |
| Cualquier plazo, sin tu consentimiento | Es delito para quien lo practique, con penas de cinco a diez años de prisión |
El Código Penal contempla además otras situaciones después de las 12 semanas, como cuando alguien ocultó, obstaculizó o amenazó para impedir que la interrupción se hiciera dentro del plazo, o cuando un trastorno ginecológico impidió conocer el embarazo. En esos supuestos se requiere consentimiento informado y el personal de salud debe darte información objetiva sobre procedimientos, riesgos y alternativas.
La nueva Ley de Salud estatal
En 2026 el Estado de México aprobó una nueva Ley de Salud que, según reportó Infobae en mayo de ese año, obliga a las instituciones públicas a ofrecer el servicio de forma gratuita, universal, de calidad y sin discriminación. También exige acompañamiento, consejería, atención médica y psicológica, e información imparcial sobre riesgos y lugares seguros. Ojo: este punto lo tomamos de esa nota de prensa y no del texto de la ley, así que confirma en la unidad cómo se aplica.
Un punto práctico: si el personal médico que te atiende se niega por objeción de conciencia, la nota de Infobae indica que la ley dice que debes ser referida a otra unidad médica en un plazo no mayor a dos horas. La objeción es una decisión individual de cada profesional; una institución completa no puede negarse a prestar el servicio.
Entre lo que dice la ley y lo que encuentras al llegar
Que el servicio sea legal y obligatorio no significa que esté igual de disponible en todos los municipios, ni que todas las unidades lo presten sin fricción. Es algo que también se ha visto en otros estados que despenalizaron hace poco: la reforma llega antes que una red de atención madura. Hay reportes de prensa de personas a quienes se les ha negado el servicio en instituciones públicas del estado.
No encontramos una lista oficial y pública de unidades mexiquenses con dirección y teléfono, así que no te damos nombres de hospitales que no podamos respaldar. Lo más seguro es preguntar directamente en la unidad de salud más cercana o en la Secretaría de Salud estatal, y llevar tu identificación. Si te niegan el servicio dentro del plazo sin una razón médica justificada, es una negativa a un derecho ya reconocido: puedes buscar otra unidad del sistema o acudir a organizaciones como GIRE, que documentan y acompañan estos casos.
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Si tu embarazo es producto de una violación
En este caso existe una ruta con respaldo federal, sin importar el plazo: la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 obliga a todas las instituciones de salud del país a ofrecer la interrupción a quien haya sido víctima de violación y lo solicite. No se exige una denuncia penal como requisito para recibir atención, aunque el personal debe informarte que puedes presentarla si quieres.
Profundiza en la NOM-046NOM-046: qué protege esta norma en interrupción legal del embarazo →Si ya pasaste las 12 semanas
Pasado ese plazo, la interrupción sigue siendo posible cuando el caso encaja en alguna de las causales que el Código Penal mantiene. Acreditar una causal no es una autoevaluación: la valoración la hace personal médico. Por eso, cuanto antes consultes, más claro estará qué ruta te corresponde. Si no encajas en ninguna causal mexiquense, otros estados tienen reglas distintas y pueden ser una opción legal.
Revisa los plazos¿Hasta qué semana es legal el aborto en México? Plazos por estado →Ciudad de México: la opción más cercana para muchos municipios
La Ciudad de México despenalizó el aborto desde 2007 y su programa público atiende a personas de cualquier entidad, sin importar su lugar de residencia ni su nacionalidad. Los documentos que piden varían según la fuente oficial, así que lleva identificación, comprobante de domicilio y CURP y confirma por teléfono antes de ir. Para municipios como Nezahualcóyotl, Chimalhuacán o Ecatepec, que colindan con alcaldías de la capital, una unidad del programa puede quedar más cerca que cualquier otra alternativa. Para quien vive en Toluca, Metepec o Zinacantepec la distancia pesa más y vale la pena comparar tiempos reales antes de decidir.
Conoce el programa de la Ciudad de MéxicoILE gratuita en la Ciudad de México: cómo funciona el programa público →Guía para NezaAborto legal en Nezahualcóyotl: qué hacer si vives en Neza →Confidencialidad y quién decide
Tu expediente clínico está protegido por la misma confidencialidad médica que cualquier otro procedimiento de salud, sin importar en qué institución o estado te atiendas. Si eres mayor de edad, la decisión es completamente tuya: no se necesita el consentimiento de tu pareja, de tus padres ni de nadie más. Si eres menor de edad, se pide el acompañamiento de madre, padre o tutor legal.
Sigue leyendo sobre confidencialidadConfidencialidad en una ILE: qué protege la ley →Qué esperar en tu primer contacto
Ya sea que acudas a una unidad pública o que nos escribas por WhatsApp, el primer paso es una conversación de orientación: se te pregunta qué situación estás viviendo y cuántas semanas de gestación tienes aproximadamente. No es todavía la valoración médica, sino el paso donde se identifica qué ruta aplica a tu caso y se agenda la valoración correspondiente.
Resuelve tus dudas antes de escribirPreguntas frecuentes antes de agendar tu cita →Resumen rápido para el Estado de México
- Legal por decisión propia hasta las 12 semanas, sin causal, desde diciembre de 2024
- Después de las 12 semanas aplican causales como violación, riesgo grave a la salud o alteraciones graves
- Según Infobae, la nueva Ley de Salud estatal ordena servicio público gratuito y sin discriminación (confirma en la unidad)
- Según esa misma nota, si quien te atiende objeta, debes ser referida a otra unidad en menos de dos horas
- La práctica real puede variar por unidad: confirma antes de presentarte
- La Ciudad de México sigue siendo una opción válida y, para muchos municipios, muy cercana
Orientación confidencial, sin presión
Si prefieres hablar con alguien antes de decidir, escríbenos. Respondemos con calma, sin juicios, y puedes hacer todas las preguntas que necesites.
Este artículo describe el panorama legal general y no sustituye una valoración médica ni orientación sobre tu caso particular. Si tienes dudas concretas sobre tu situación en el Estado de México, puedes escribirnos de forma confidencial y te ayudamos a entender qué opciones aplican para ti.
Aviso importante: la información de este artículo es estrictamente informativa y educativa. No sustituye el diagnóstico, consejo o tratamiento de un profesional de la salud. Consulta a tu médico.
Fuentes de autoridad citadas
- 1. Gaceta del Gobierno del Estado de México, 6 de diciembre de 2024 — Decreto número 11 (reforma a los artículos 248 y 251 del Código Penal)
- 2. Código Penal del Estado de México (texto vigente, artículos 248 y 251)
- 3. Milenio — Publican reformas sobre la despenalización del aborto en Edomex
- 4. N+ — Despenalizan aborto durante las primeras 12 semanas en Edomex
- 5. Human Rights Watch — El Congreso del Estado de México vota a favor de despenalizar el aborto
- 6. Infobae — Ley de Salud del Edomex: esto dice sobre el aborto (7 de mayo de 2026)
- 7. GIRE — Grupo de Información en Reproducción Elegida
- 8. gob.mx / CONAPO — Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005
- 9. SCJN — Resumen de la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017
- 10. Gobierno de la Ciudad de México — Programa de Interrupción Legal del Embarazo






