Interrupción legal del embarazo
Aborto legal en Michoacán: 12 semanas desde octubre 2024
Michoacán despenalizó el aborto hasta las 12 semanas en octubre de 2024. Qué causales siguen después, qué hospitales lo ofrecen y qué derechos tienes.
Por Dr. Adrián Martínez · 12 de octubre de 2026 · 11 min de lectura

En este artículo
- 1.Cómo llegó la reforma: tres fechas de octubre de 2024
- 2.La aclaración que hace falta: 12 semanas, y causales sin límite
- 3.Las seis situaciones del artículo 146
- 4.La reforma a la Ley de Salud de febrero de 2025
- 5.Los siete hospitales y lo que dicen las cifras
- 6.Si te niegan la atención o te la retrasan
- 7.Qué esperar en tu primer contacto
- 8.Si no vives en Morelia ni cerca de un hospital de la lista
- 9.Qué pasa en los estados vecinos de Michoacán
- 10.Ciudad de México, otra opción
- 11.Confidencialidad y consentimiento
- 12.Resumen rápido para Michoacán
Michoacán despenalizó el aborto en octubre de 2024 y, desde entonces, ha avanzado en la parte que viene después de la ley: una reforma a la Ley de Salud, una red de hospitales y cifras públicas de cuántas interrupciones se han hecho. Eso te da más información de la que suele haber en otros estados. Pero también hay confusión en lo que circula en internet, sobre todo con el plazo de semanas. Este artículo lo aclara con datos verificados en octubre de 2026.
Cómo llegó la reforma: tres fechas de octubre de 2024
El Congreso de Michoacán aprobó la despenalización el 10 de octubre de 2024, con 27 votos a favor y 6 en contra. La reforma se publicó en el Periódico Oficial del Estado, que es el diario donde el gobierno estatal publica las leyes para que tengan efecto, el 11 de octubre, y entró en vigor el sábado 12. Con ello, Michoacán se sumó al grupo de entidades que ya reconocen el aborto por decisión libre en el primer tramo de la gestación.
Los motivos legales se remontan a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 7 de septiembre de 2021, en la acción de inconstitucionalidad 148/2017, que declaró inconstitucional castigar de forma absoluta el aborto voluntario. Esa sentencia obligó a revisar leyes estatales como la de Michoacán, pero la reforma tardó tres años más en llegar. En febrero de 2025, el Congreso complementó el cambio con una reforma a la Ley de Salud para regular cómo se presta el servicio.
La aclaración que hace falta: 12 semanas, y causales sin límite
Es aquí donde se enredan muchas páginas. El Código Penal de Michoacán dice, en su artículo 141, que aborto es la interrupción del embarazo posterior a las doce semanas de gestación. Es decir, interrumpir antes de ese punto no es delito: ese es el plazo de la libre decisión. El artículo 142 fija una sanción de seis meses a un año de trabajo a favor de la comunidad para quien practique la interrupción con consentimiento de la persona después de las doce semanas. Y el artículo 146 agrega que no es punible la interrupción, sin limitante de la etapa gestacional, en seis situaciones.
Punto clave
En Michoacán hay dos reglas distintas. Por decisión libre, el plazo es de 12 semanas. Pero seis situaciones específicas están protegidas sin importar en qué semana vayas. De ahí viene la idea de que no hay límite: es cierta solo para esos casos.
El semáforo normativo de GIRE, actualizado a junio de 2026, coloca a Michoacán en la primera posición de su ranking y describe lo mismo desde otro ángulo: no hay un tope de tiempo para la mujer, pero quien practique o facilite un aborto después de la semana 12, fuera de las causales, sigue sujeto a sanción. Si estás decidiendo, la regla práctica es no dar por hecho que sobra tiempo.
Las seis situaciones del artículo 146
La lista es amplia y vale la pena leerla completa, porque incluye situaciones que no todos los estados contemplan. Según el Código Penal, no es punible la interrupción del embarazo sin limitante de etapa gestacional cuando:
- El embarazo es producto de una violación.
- Se realiza por razones médicas.
- Es producto de un procedimiento de fecundación asistida sin consentimiento de la mujer, adolescente, niña o persona gestante.
- La persona se encuentra en una situación económica precaria.
- Se demuestra que solicitó la interrupción antes de las 12 semanas y que el personal de salud le negó o le prorrogó el acceso al servicio.
- Es consecuencia de un accidente o de una conducta imprudencial, es decir, no intencional.
Dos de ellas merecen atención especial. La situación económica precaria es una causal que no todos los estados reconocen, y la excluyente por negativa o retraso protege a quien pidió el servicio a tiempo y no se lo dieron. Guarda cualquier constancia del intento: mensajes, citas, nombres de quienes te atendieron. Cómo se acredite cada una en la práctica depende de cada caso, así que si crees que te aplica, pide orientación directa.
| Situación | Qué dice el Código Penal de Michoacán |
|---|---|
| Hasta las 12 semanas, por decisión de la persona | No es delito (artículo 141) |
| Después de las 12 semanas, con consentimiento y sin excluyente | Trabajo a favor de la comunidad de seis meses a un año para quien lo practique (artículo 142) |
| Sin consentimiento de la persona | Prisión de diez a veinte años, sin importar la etapa gestacional (artículo 143) |
| Seis situaciones del artículo 146 | No es punible, sin límite de etapa gestacional |
La reforma a la Ley de Salud de febrero de 2025
El 27 de febrero de 2025, el Congreso aprobó con 23 votos a favor y 6 en contra una reforma a la Ley de Salud del estado. Según la reseña que publicó La Voz de Michoacán, establece que las instituciones públicas del sistema estatal de salud deben prestar el servicio, crea un registro estatal de procedimientos con resguardo de datos personales, regula la objeción de conciencia del personal y garantiza que en los casos de violación no se exija denuncia. También dio a la Secretaría de Salud 180 días naturales para emitir los lineamientos de atención.
En esa misma cobertura, el titular decía que el servicio se permitía en todos los hospitales. La cifra operativa que reporta hoy la Secretaría de Salud es más modesta y más útil: siete hospitales en operación. Es una diferencia común entre lo que una ley obliga a tener y lo que ya funciona, y conviene guiarse por lo segundo.
Si tu caso es por violación, lee estoNOM-046: qué protege esta norma en la interrupción legal del embarazo →Los siete hospitales y lo que dicen las cifras
La Secretaría de Salud de Michoacán informó, con datos al 15 de septiembre de 2026, que ha registrado 894 interrupciones legales desde la despenalización: 22 en 2024, 485 en 2025 y 387 en lo que iba de 2026. Los siete hospitales que ofrecen el servicio son:
- Hospital de la Mujer, en Morelia.
- Hospital Civil, en Morelia.
- Hospital General de Ciudad Hidalgo.
- Hospital General de Pátzcuaro.
- Hospital General de Tacámbaro.
- Hospital General de Los Reyes.
- Hospital General de Maravatío.
El reporte agrega que las instituciones habilitadas deben prestar el servicio de forma universal, gratuita, confidencial y sin condicionarlo a la afiliación a algún sistema de salud, y que la atención debe darse de inmediato o en un plazo no mayor a cinco días naturales. Si el personal objeta por conciencia, tiene que canalizar a la paciente con quien no objete, sin retrasar el procedimiento. Son derechos concretos, y conviene conocerlos antes de acudir.
Las cifras ayudan a leer el contexto. Las 22 interrupciones de 2024 cubren solo los últimos meses del año, desde que la reforma entró en vigor el 12 de octubre; las 485 de 2025 son el primer año completo; y las 387 de 2026 corresponden a poco más de ocho meses. Dicho de otra forma, el servicio está funcionando y creciendo, aunque estas cifras no dicen cuánta gente quedó sin atender ni cuánto esperó cada persona, y por eso no sustituyen la experiencia real de acudir a una unidad.
Si te niegan la atención o te la retrasan
Si pides el servicio dentro de las 12 semanas, o por una de las seis situaciones del artículo 146, y una unidad pública te lo niega o te da una cita demasiado lejana sin una razón médica, no estás obligada a aceptarlo. Pide que te expliquen el motivo por escrito, anota la unidad, la fecha y el nombre de quien te atendió, y pregunta a cuál de las demás unidades te pueden canalizar. Si objetó una persona en particular, la institución debe garantizar que otra te atienda sin retraso.
Esas notas no son un trámite en vano: el artículo 146 protege a quien demuestra que solicitó el servicio antes de las 12 semanas y se lo negaron o se lo prorrogaron. Organizaciones como GIRE acompañan y documentan estos casos en todo el país, y puedes acudir a ellas si te enfrentas a una negativa.
Qué esperar en tu primer contacto
El primer contacto, ya sea una llamada a una unidad o un mensaje a una orientación confidencial, es una conversación, no el procedimiento. Te preguntan cuántas semanas calculas tener, te explican qué documentos llevar y te orientan sobre la unidad que te queda mejor. En cualquier servicio de salud es la valoración médica la que confirma el tiempo de gestación y la forma de atenderte, y ningún artículo la sustituye: acude a un médico o a un servicio de salud para esa valoración.
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Si no vives en Morelia ni cerca de un hospital de la lista
Con el listado en la mano, queda a la vista una limitación geográfica: según ese listado, ninguno de los siete hospitales está en Uruapan, Zamora, Lázaro Cárdenas, Apatzingán ni Zitácuaro, que son algunas de las ciudades más grandes del estado. Esto no significa que no te atiendan si vives ahí: el personal de salud debe orientarte y canalizarte a una unidad que sí preste el servicio. Pero sí significa que probablemente tendrás que trasladarte, y conviene planearlo.
Llama antes de salir para confirmar que la unidad está atendiendo y qué documentos llevar. Lo habitual es una identificación oficial vigente. Si eres menor de edad, pregunta con anticipación qué acompañamiento se pide. Y si estás cerca del plazo de 12 semanas, menciónalo desde la primera llamada para que quien te atienda lo tenga presente al darte fecha.
Resuelve las dudas de logísticaPreguntas frecuentes para agendar tu cita de ILE →Qué pasa en los estados vecinos de Michoacán
Michoacán colinda con Jalisco, que despenalizó en octubre de 2024 hasta las 12 semanas; con Guerrero, que lo hizo en 2022; con el Estado de México, desde finales de 2024; y con Colima, que también despenalizó. Guanajuato y Querétaro, en cambio, siguen penalizando el aborto fuera de causales. Para alguien que vive en el norte del estado, cerca de esas dos fronteras, Michoacán es la opción legal más cercana dentro del propio estado, y llegar a otra entidad despenalizada puede implicar un viaje más largo.
Conoce el panorama mexiquenseInterrupción legal del embarazo en el Estado de México →Ciudad de México, otra opción
El programa público de la Ciudad de México atiende de forma gratuita y confidencial a personas de otros estados, y cuenta con una línea de orientación (55 5658 1111, o *0311 desde un celular). No existe ninguna restricción legal para viajar dentro de México y atenderse en otra entidad. Para algunas personas de Michoacán puede ser la ruta más práctica; para otras, el hospital más cercano en el estado lo es. Ambas son decisiones válidas.
Si vas a viajar, empieza por aquíViajar desde otro estado para una ILE: qué planear →Confidencialidad y consentimiento
Tu expediente está protegido por el secreto médico que cubre cualquier otra atención de salud, y el propio reporte de la Secretaría de Salud habla de un servicio confidencial. Si eres mayor de edad, la decisión es tuya: no necesitas el permiso de tu pareja ni de tu familia. Si eres menor de edad, la ley pide el acompañamiento de madre, padre o tutor, con rutas de excepción en casos específicos que conviene revisar con orientación directa.
Sigue leyendo sobre confidencialidadConfidencialidad en una ILE: qué protege la ley →Si prefieres hablar con alguien primero
Puedes escribirnos por WhatsApp sin dar tu nombre completo. Te explicamos qué opciones existen y qué documentos conviene llevar, y tú decides cuándo y si das el siguiente paso.
Resumen rápido para Michoacán
- Legal por decisión libre hasta las 12 semanas desde octubre de 2024, sin causal.
- Seis situaciones del artículo 146, como violación, razones médicas o situación económica precaria, no se sancionan sin importar la semana.
- Siete hospitales públicos ofrecen el servicio, de forma gratuita y sin condicionarlo a la afiliación a un sistema de salud.
- La atención debe darse de inmediato o en un máximo de cinco días naturales.
- Si vives lejos de Morelia, planea el traslado y confirma antes de ir.
- La Ciudad de México es una opción válida si te queda mejor.
Este artículo describe el panorama legal general en Michoacán y no sustituye una valoración médica ni orientación sobre tu caso particular. Si tienes dudas concretas, acude a un servicio de salud o escríbenos de forma confidencial: te ayudamos a entender qué opciones aplican para ti.
Aviso importante: la información de este artículo es estrictamente informativa y educativa. No sustituye el diagnóstico, consejo o tratamiento de un profesional de la salud. Consulta a tu médico.
Fuentes de autoridad citadas
- 1. Gobierno de Michoacán — Código Penal del Estado de Michoacán de Ocampo, capítulo V, Aborto (última reforma publicada el 30 de mayo de 2025)
- 2. Mi Morelia — SSM registra 894 interrupciones legales del embarazo en Michoacán; siete hospitales brindan atención (24 de septiembre de 2026)
- 3. La Voz de Michoacán — Michoacán permite el aborto legal en todos los hospitales; esto dice el dictamen aprobado (1 de marzo de 2025)
- 4. Eje Central — Michoacán despenaliza el aborto (10 de octubre de 2024)
- 5. Por Esto — Michoacán despenaliza el aborto hasta las 12 semanas; entra en vigor la reforma (12 de octubre de 2024)
- 6. Ipas Latinoamérica y el Caribe — Aborto legal en Michoacán
- 7. GIRE — Semáforo normativo del aborto en México (actualización al 30 de junio de 2026)
- 8. CILE — Marco legal del aborto por estado en México
- 9. SCJN — Resumen de la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017
- 10. gob.mx / CONAPO — Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005
- 11. Proceso — Secretaría de las Mujeres destaca avances en el acceso al aborto legal (28 de septiembre de 2026)
- 12. Gobierno de la Ciudad de México — Programa de Interrupción Legal del Embarazo






